MIÉRCOLES, 17 de agosto 2016.-El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, condenó este martes a Jonathan Renzo Quiroga a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y a Marcos Fernando Díaz a la pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Luego de conocerse los alegatos durante la mañana de este martes, el Tribunal de Juicio –presidido por el Doctor Guillermo González-, dio lectura al veredicto en el marco de la causa N°1476/12, caratulada «Díaz Marcos Fernando y otros/daño agravado, lesiones leves reiteradas e instigación a cometer delitos en concurso real», y sus acumuladas N° 1373/11 y N° 1493/12.
Jonathan Renzo Quiroga fue condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, al ser considerado autor material y penalmente responsable de los delitos de robo simple reiterado –dos hechos-, resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves, instigación a cometer delitos y daño agravado, todos en concurso real, por los hechos cometidos el 29 de junio de 2007, en perjuicio de Miriam Edith Saavedra y Juvencio Melinao Ruíz, así como el día 18 de febrero de 2012, en perjuicio de Lucio Martín Gómez Marshall y Agustín Emanuel Rodríguez, y el día 28 de agosto de 2010, en perjuicio del Servicio Penitenciario Provincial, todos cometidos en Ushuaia.
A Quiroga se le unificó la pena precedentemente indicada con la ya unificada de diez años y siete meses de prisión, impuesta por el Juzgado Correccional de Ushuaia, el 8 de junio de 2015 en los autos 2979/14, en la pena única de trece años de prisión, y se lo declaró reincidente por cuarta vez.
Por otro lado, Marcos Fernando Díaz, recibió una pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor material y penalmente responsable de los delitos de daño agravado en concurso real con instigación a cometer delitos, por los hechos cometidos el 28 de agosto de 2010, en perjuicio del Servicio Penitenciario Provincial, en la ciudad de Ushuaia.
A Díaz también se le unificó la pena indicada con la ya unificada de prisión perpetua impuesta por el Tribunal de Juicio, el 8 de marzo de 2016, en los autos N° 1335/10 y sus acumuladas, en la pena única de prisión perpetua.
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