VIERNES, 7 de septiembre de 2018.- “Es preciso contar con un sistema de cobertura adecuado a las leyes que nos regula en materia de salud. Tomamos conocimiento que la cobertura médica de la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego no es clara respecto a la cobertura de pastillas anticonceptivas (método hormonal), contemplada en la Ley provincial Nº 509 sobre el régimen provincial de salud sexual y reproductiva”, manifiestan los Parlamentarios radicales.
En este sentido y en el marco de la Ley de referencia, “vemos necesario la incorporación de un artículo que aclare que se deberá cubrir las prestaciones a que refiere la norma, podemos referenciar el artículo 7° de la ley Nacional 25.673”.
(ARTICULO 7°)- las prestaciones mencionadas en el artículo anterior serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), en el nomenclador nacional de prácticas médicas y en el nomenclador farmacológico.
Los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas, en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones), este articulado “deja en claro lo relativo a las coberturas médicas de los métodos anticonceptivos”, se desprende de los fundamentos.
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