VIERNES, 21 de abril 2017.- Se trata del profesor Cristian Luis María Geréz, quien agredió físicamente a dos funcionarias del Ministerio de Educación. Si bien el Fiscal lo excarceló bajo la condición de cumplir normas de conducta, elevó a juicio este jueves la causa al Juzgado Correccional, y pidió se revoque la condicionalidad de una condena impuesta anteriormente por el delito de lesiones agravadas por el vínculo.
El representante del Ministerio Público Fiscal, Doctor Nicolás Arias dispuso la excarcelación del docente bajo caución juratoria, y emitió como reglas de conducta la prohibición de efectuar actos de violencia, hostigamiento o intimidación -personalmente, por interpósita persona o por comunicaciones- en relación a las denunciantes Paula Andrea Volpi y Gabriela Fabiana Rivero, sus grupos familiares, domicilio y/o bienes; deberá presentarse en la Comisaria dos veces por semana y no podrá ausentarse de la jurisdicción, todo ello bajo apercibimiento de solicitar la revocatoria de su excarcelación en caso de incumplimiento.
Cabe mencionar que entre las actuaciones del Fiscal se desprendió también el pedido de revocar la condicionalidad de la condena impuesta al imputado Geréz, en otra causa, caratulada “Geréz, Cristian Luis María s/lesiones agravadas por el vinculo”, con motivo de haber incurrido en actos de violencia que justifican el cumplimiento efectivo de la pena impuesta, en clara violación a las pautas impuestas.
El martes 18 de abril, Geréz se encontraba realizando tramites en las oficinas de Supervisión Escolar, y había solicitado una entrevista con la Supervisora Gabriela Rivero y le transmitieron que no podía atenderlo por encontrarse en una reunión.
Ante la respuesta, el hombre –ofuscado- exigió a gritos ser atendido y se dirigió a la oficina donde se llevaba adelante la reunión, momento en que fue interceptado por Volpi, quien recibió un empujón de parte del imputado, mientras que a Rivero la tomó del cuello y empezó a agredirla.
Para el Fiscal Nicolás Arias, el imputado deberá responder como autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas hacía mujeres y mediando la violencia de género en concurso real (arts. 55 y 92, en función del art. 89 y 80 inc. 11 del C.P.)
Según la descripción del funcionario judicial, se pudo determinar que Geréz agredió físicamente con golpes de puño tanto a Volpi como a Rivero, ocasionándole a ambas las lesiones certificadas que fueron certificadas como leves.
Respecto del agravante de violencia de género, se hace hincapié en la Ley N° 26485 de 2009, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales”, la que también sanciona diferentes tipos de violencia hacia las mujeres, basada en una relación desigual de poder y garantiza todos los derechos reconocidos.
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