MARTES, 19 de junio 2018.- Al hombre se le imputan dos hechos; en el primero de ellos, habría amenazado en forma coactiva, obligando a 2 niñas a enviarles fotografías con contenido erótico, a quienes luego les solicitó que accedan a un encuentro personal.

Según se desprende del requerimiento de elevación a juicio, las amenazas consistían básicamente en “hacer públicas las conversaciones y escarchar a las nenas en la escuela”.

Todo ello, ocurrió en diciembre de 2014, mediante conversaciones que transcurrieron vía Whatsapp y Facebook, donde “el hombre simuló estar enamorado, con el único fin de lograr un encuentro sexual”, cita el escrito.

El segundo hecho que se le imputa, es el contacto que habría mantenido vía Whatsapp, con una niña que al momento de la denuncia (año 2015) tenía 13 años, cuando el hombre le pidió a la adolescente que se sacara fotos y se las enviara, y a quien además trató de convencer para mantener un encuentro intimo, a cambio de ofrecerle dinero en efectivo.

No obstante, a raíz de la negativa de la niña, “el hombre amenazó con publicar una foto de ella, aparentemente trucada o editada, de su rostro y partes intimas en su Facebook”.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, Eduardo Urquiza, el imputado deberá responder en calidad de probable autor de las figuras previstas para los delitos de grooming en concurso ideal con amenazas coactivas, y estos a su vez, en concurso real con amenazas coactivas.

El Tribunal de Juicio lo presidirá el Juez Alejandro Pagano Zavalía, con las vocalías de los Doctores Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla. El Doctor Eduardo Urquiza representará al Ministerio Público Fiscal, y la defensa la asumirán los letrados Alejandro Berola y Salvador Parodi.

Qué es el grooming

En la Argentina, el Grooming es un delito penal, descripto en la Ley 26.904, sancionada el 13 de noviembre de 2013.

El artículo 131 del Código Penal indica que: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

En Tierra del Fuego, la primera condena por el delito de grooming fue en Ushuaia oportunidad en la que el Tribunal de Juicio de esta ciudad, condenó a un hombre a la pena de 2 años de prisión en suspenso, y le impuso reglas de conducta, por un hecho que tuvo lugar en 2014.

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