La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el país del producto “Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca La Campana”, en su presentación de 200 gramos, tras detectarse que está falsamente rotulado y no cumple con los requisitos de registro exigidos por la ley.
La investigación se inició luego de que un consumidor reportara al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que la manteca no presentaba las características organolépticas habituales del producto.
Tras realizar las averiguaciones pertinentes, el INAL descubrió que la empresa a la que se le atribuía la elaboración del producto negó ser la responsable. Además, el Registro Provincial de Producto Alimenticio (RPPA) que figuraba en el envase estaba vencido y correspondía a otra marca.
La Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires emitió una alerta en su sitio web, solicitando a la población que se abstenga de consumir la manteca “La Campana” y a los comerciantes que cesen su venta.
El organismo también tomó medidas para que el producto sea retirado de las plataformas de venta en línea y advirtió sobre la ilegalidad de su comercialización.
El producto, que no puede ser identificado de manera clara y fehaciente como elaborado por un establecimiento autorizado, infringe varios artículos del Código Alimentario Argentino y la Ley N° 18284. La prohibición incluye su fraccionamiento, venta y distribución en cualquier formato, presentación o lote.
Una medida para proteger la salud pública
La ANMAT resaltó que la medida busca proteger la salud de los consumidores, dado que el producto no cuenta con trazabilidad ni controles que garanticen su inocuidad. Las irregularidades detectadas hacen que sea imposible verificar las condiciones de elaboración y calidad de la manteca en cuestión.
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