LUNES, 11 de junio de 2018.- La embestida por obtener a cualquier precio el aborto legal, seguro y gratuito, ya no tiene límites frente al derecho de la vida de los niños por nacer, y para ello arremeten contra las libertades individuales y de conciencia de los médicos que se nieguen a practicar abortos. El proyecto de ley de consenso excluye la intervención de los jueces y establece un plazo de 5 días improrrogables para practicar el aborto.
Se introduce algo inédito y sumamente grave, inexistente en cualquier proyecto anterior, que es la sanción penal con cárcel al profesional de la salud o directivo que dilate, entorpezca un aborto y logre que el niño finalmente nazca. Por lo cual el médico que se niegue a practicar una aborto irá a la cárcel y será sancionado más duramente por salvar la vida del bebé, que a un colega que cometa un homicidio culposo por mala praxis médica.
El proyecto de ley establece la suspensión de la matrícula por 5 años al médico que se niegue a practicar un aborto.
Al crear esas obligaciones de los médicos y otros profesionales y directivos, junto a
las nuevas figuras delictivas, se abre la puerta a responsabilidades civiles y
administrativas de los médicos por no realizar el aborto, haber dilatado el
procedimiento, o procurado disuadir a la interesada.
Los médicos que sean objetores de conciencia tendrán menos oportunidades laborales
Se establecen severas limitaciones a la objeción de conciencia, exigiendo su
declaración previa y por escrito, y su inscripción en un registro general, abriendo
paso a discriminaciones laborales. El objetor tiene prohibido negarse a practicar abortos.
Se obliga a los establecimientos privados, clínicas, sanatorios a realizar abortos quirúrgicos y farmacéuticos, siendo el aborto la única prestación absolutamente obligatoria,
con cárcel para los directivos que lo “dilaten u obstaculicen”.
Se prohíbe la objeción de conciencia institucional o por motivos de ideario
fundacional de las instituciones privadas, incluso religiosas, que deben garantizar
la realización del aborto, violentando el derecho a asociarse y las libertades de
pensamiento, de religión y de conciencia.
Los sanatorios, clínicas y hospitales que se nieguen a practicar abortos serán clausurados
Encubiertamente se prevé la sanción de clausura temporal o definitiva del
establecimiento de salud privado por negarse a hacer abortos.
Se impone a toda obra social o cobertura de salud la prestación del aborto
quirúrgico o por medio de medicamentos, incluyendo el mismo y todo lo
adyacente en el Plan Médico Obligatorio.
Se pretende evitar el control judicial de la ley introduciendo en un artículo que es
una aplicación de la Constitución y los tratados, junto a una paradójica declaración
de garantizar derechos que claramente conculca, como la vida, la dignidad, la
diversidad corporal, la libertad de creencias y pensamiento y la no discriminación
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